sábado, 10 de marzo de 2012

La Audiencia ratifica los 8 años de inhabilitación para el exalcalde de Burguillos

Esta es la noticia con la que se abre en Burguillos la campaña de las Elecciones Autonómicas de Andalucía del próximo 25 de marzo, en la que la Audiencia ratifica los 8 años de inhabilitación para el exalcalde de Burguillos, y que podemos leer en el diario ABC de Sevilla, del pasado viernes 9 de marzo, y del que os dejamos el enlace y la transcribimos literalmente:

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el exalcalde de Burguillos, el socialista José Juan López, contra la sentencia que le condena a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, además de a 15 meses de multa con una cuota diaria de diez euros —4.500 euros— como «autor criminalmente responsable» de un delito contra la ordenación del territorio.

Según la sentencia, se consideran «hechos probados» que se otorgó una licencia de obras en 2006 a la sociedad Castillo de Lennen S.L. para la construcción de un edificio de 40 viviendas plurifamiliares, tres locales comerciales y 42 plazas de garaje entre las calles Real, Cruz Roja y Pregonero Isidoro Catalina —suelo clasificado como urbano consolidado— «a sabiendas de que superaba en una planta, así como en altura y superficie de áticos» las normas de planeamiento en vigor y el PGOU.

Se advierte igualmente que, previo al otorgamiento de la licencia, se había emitido un informe técnico por el que el arquitecto del Ayuntamiento en el que se daba cuenta de que la edificación «no cumplía con la normativa urbanística», y que otros dos informes jurídicos resultaban «desfavorables» a la concesión de la licencia por dos secretarios accidentales que se sucedieron en el cargo.

La representación de la sociedad Castillo de Lenen presentó entonces, según explica el fallo, una modificación al PGOU para que se autorizara la construcción de una planta más de la permitida iniciándose así un expediente de modificación puntual. El cambio fue aprobado en octubre de 2007 concediendo la licencia varios meses después.

«Ni por su conocimiento y experiencia, ni por la falta de informes técnicos y jurídicos que le advertían de la imposibilidad de hacerlo, podía afirmar que creía que la licencia se ajustaba a la legalidad», señala la sentencia que insiste en que había «conciencia de la ilegalidad» y «falta de reparos».

«Era —agrega— solo cuestión de seguir los trámites legales y de tiempo y esto es lo que parece que no se ponderó».

La resolución es firme y no cabe recurso ordinario alguno.

Resaltar que practicamente la totalidad de la prensa sevillana se ha hecho eco de la misma noticia, como son los casos de Diario de Sevilla, La Razón, otro artículo en el mismo Diario de Sevilla, y Terra España, entre otros.

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