martes, 5 de octubre de 2010

LA AUDIENCIA CORRIGE AL JUEZ EN EL CASO DE LA SEDE GRATUITA DEL PSOE


Ese es el titular que encontramos en la edición sevillana del diario ABC y que Burguillos Popular lo publica íntegro:




Deja «sin efecto» el auto por el que el Juzgado no dejaba presentarse al PP bajo el argumento de que se había incluido en la querella inicial a Viera, aforado por su condición de senador.


La Audiencia Provincial corrige la postura del Juzgado de Instrucción 13 de Sevilla en el caso del uso gratuito por parte del PSOE de Burguillos de un local estatal —de Correos— como sede del partido durante varios años. Así, ha ordenado a ese juzgado la admisión a trámite del recurso de apelación del PP contra la decisión de rechazar una querella de los populares contra el ex alcalde socialista de Burguillos José Juan López, su sucesora, la también Mariana Pérez, el tercer teniente de alcalde y secretario local del PSOE, José María Fernández Bremes, y el primer teniente de alcalde, José Antonio Santos, a cuenta de ese uso gratuito de un local propiedad de Correos y Telégrafos.
D En un auto fechado el 30 de septiembre, al que tuvo acceso ABC, la Audiencia analiza un recurso de queja elevado por el PP contra el auto del 27 de abril en el que el juez decidió no admitir a trámite el recurso de apelación popular al no haberse admitido su personación en el caso, ni siquiera con una nueva querella que presentaron formulada contra los denunciados ya citados y dejando fuera al secretario provincial de los socialistas, José Antonio Viera. Su condición de aforado, el ser senador, impedía que el juzgado lo investigara, algo que debe hacer el Tribunal Supremo en caso de que en el Prado consideren que hay indicios de delito. Por ello se había obstaculizado la personación del PP, que decidió, por ello, excluir a Viera para poder estar presente en las diligencias. La condición de aforado de la que goza Viera había motivado la inadmisión final de la querella, porque inicialmente el líder socialista fue llamado a declarar como imputado en una decisión finalmente suspendida precisamente por el estatus jurídico del político. Ahora, la audiencia viene a poner claridad.
Mediante este último auto se anula la decisión del juez —que desestimó la petición de los populares por incluir a Viera en la querella pese a ser aforado— y se ordena la admisión y trámite del recurso de apelación promovido por el PP. «No puede admitirse el argumento de que el juzgado ya se ha pronunciado porque, ciertamente, se ha pronunciado en un auto de inadmisión a trámite de la querella el 8 de febrero de 2010, pero por la cualidad de aforado de José Antonio Viera, y nada ha dicho de los querellados no aforados», señala ahora la Audiencia Provincial .
Esta instancia judicial aclara que no puede pronunciarse «sobre el contenido del recurso de apelación» promovido por el PP contra la inadmisión de su querella, pero esgrime que si la nueva querella «no se dirige ahora contra el aforado y sí contra personas no aforadas, el escrito de querella y el eventual recurso de apelación debe ser admitido y tramitado». «Si el PP interpone una querella contra ciudadanos, excluyendo al aforado, tiene derecho a obtener una resolución fundada, si de rechazo se trata, del juez instructor y en su caso, a combatirla mediante el oportuno recurso de apelación», resume la Audiencia, que deja «sin efecto» la negativa previa del Juzgado.

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